Tipos de IVA en España
| Tipo | % | Ejemplos |
|---|---|---|
| General | 21 % | La mayoría de bienes y servicios |
| Reducido | 10 % | Hostelería, transporte de viajeros, muchos alimentos |
| Superreducido | 4 % | Pan, leche, huevos, frutas y verduras, libros, medicamentos |
La lista exacta de bienes de cada tipo está en los artículos 90 y 91 de la Ley del IVA. En Canarias no hay IVA (se aplica el IGIC) y en Ceuta y Melilla se aplica el IPSI.
Fórmulas
Añadir IVA: total = base × (1 + tipo/100). Quitar IVA: base = total ÷ (1 + tipo/100).
Ejemplo resuelto
Factura de un profesional por 100 € de base: IVA 21 % = 21 € → total 121 €. Retención de IRPF del 15 % = 15 € → el cliente paga 106 €. El 7 % se aplica en el año de inicio de actividad y los dos siguientes.
Preguntas frecuentes
¿Cómo quito el 21 % de IVA a un precio?
Divide el precio entre 1,21. Por ejemplo, 121 € ÷ 1,21 = 100 € de base y 21 € de IVA.
¿Por qué no se resta simplemente el 21 %?
Porque el IVA se calcula sobre la base, no sobre el total. Restar el 21 % de 121 € daría 95,59 €, que es incorrecto.
¿Cuándo se aplica la retención del 7 %?
A profesionales en el año de inicio de actividad y los dos siguientes, si no ejercieron actividad profesional el año anterior al inicio.
¿Lleva IVA una factura en Canarias?
No: en Canarias se aplica el IGIC, que tiene sus propios tipos.
Fuentes oficiales
- Ley 37/1992 del IVA, art. 90 (tipo general) · BOE
- Ley 37/1992 del IVA, art. 91 (tipos reducidos) · BOE
- Reglamento del IRPF, art. 95 (retención de profesionales) · BOE
Esta calculadora ofrece una estimación orientativa con la normativa vigente a 2 de noviembre de 2026. Tu convenio colectivo, tu contrato o tu situación personal pueden cambiar el resultado. Para decisiones importantes, confirma con la empresa, un graduado social o el organismo oficial correspondiente.
Otras calculadoras
💶 Sueldo neto📄 Finiquito⚖️ Indemnización por despido🧾 Paro🏖️ Vacaciones📅 Días hábiles🧑💼 Cuota de autónomos