Cuántas vacaciones me corresponden
El artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores fija un mínimo de 30 días naturales de vacaciones retribuidas al año. Si no trabajas el año completo, se generan en proporción a los días trabajados:
días generados = días de vacaciones al año × días trabajados ÷ días del año
Las vacaciones no pueden cambiarse por dinero mientras sigues en la empresa; solo se pagan las no disfrutadas al terminar el contrato, en el finiquito.
Ejemplo resuelto
Del 1 de enero al 30 de junio de 2026 son 181 días: 30 × 181 ÷ 365 = 14,88 días. Con 5 ya disfrutados quedan 9,88 días; con 24.000 € brutos al año valen 9,88 × 65,75 € = 649,64 € brutos.
Preguntas frecuentes
¿Son 30 días naturales o 22 laborables?
La ley habla de 30 días naturales. Muchos convenios lo expresan como 22 o 23 días laborables, que es aproximadamente lo mismo.
¿Se generan vacaciones estando de baja?
Sí, durante la incapacidad temporal se siguen generando vacaciones, y si coinciden con la baja puedes disfrutarlas después.
¿Puede la empresa obligarme a coger las vacaciones en una fecha?
Las fechas se fijan de común acuerdo según el convenio, y debes conocerlas al menos dos meses antes.
¿Se pierden las vacaciones si no las cojo?
En general deben disfrutarse dentro del año natural, salvo excepciones como la incapacidad temporal o lo que diga tu convenio.
Fuentes oficiales
Esta calculadora ofrece una estimación orientativa con la normativa vigente a 2 de noviembre de 2026. Tu convenio colectivo, tu contrato o tu situación personal pueden cambiar el resultado. Para decisiones importantes, confirma con la empresa, un graduado social o el organismo oficial correspondiente.
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